Caso ISSPOL: Presunta Negligencia y Conflicto de Intereses (Estado VS. Estado)


Por: Andrés Albuja Batallas

En Ecuador, el Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL) ha monopolizado la atención mediática en los últimos días, debido a problemas de riesgo de liquidez en su portafolio de inversiones, que se concentra aproximadamente US$800 millones (que equivale aproximadamente un 60% del total del portafolio de inversiones) en una sola persona.

El verdadero problema existente serían las relaciones incestuosas originadas por el conflicto de intereses entre Estado y Estado en la Administración Pública; ya que el Estado funge a la vez en las Finanzas Públicas de: emisor, deudor y acreedor. Puntualmente, el conflicto de intereses sería una encarnizada “lucha de titanes” entre: Gobierno Central (a través del Ministerio de Economía y Finanzas, como Ente Rector de las Finanzas Públicas), Sistema de Seguridad Social (utilizado como “caja chica” del Gobierno Central de turno) y Ministerio de Gobierno (que tiene a su cargo a la Policía Nacional, con el poder que representa éste ente en el manejo estratégico de apoyo al Poder Ejecutivo, ya que sin su apoyo no se sostiene ningún Presidente en la era Republicana).
Existiría una gran deficiencia de regulación (Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera – JPRMF), supervisión y control (UAFE y Superintendencias: Bancos; Compañías, Valores y Seguros) y aplicación al interior del ISSPOL de Metodología GREC, por sus siglas: (a) Gobierno Corporativo, (b) Riesgos – Administración y Gestión (Crédito, Mercado, Liquidez, Operacional), (c) Evaluación Económica – Financiera, y (d) Cumplimiento. Llama la atención que una entidad del Sistema de Seguridad Social haya concentrado riesgo con una persona natural con dos empresas domiciliadas en paraísos fiscales. Surgen las preguntas claves: ISSPOL, dirigido y presidido en su Directorio por la titular del Ministerio de Gobierno, (i) ¿Realizó la debida diligencia ampliada de las inversiones en materia de Cumplimiento por tratarse de empresas establecidas en un paraíso fiscal (Panamá)?, (ii) ¿Registra una estructura de Comité de Riesgos, Comité de Cumplimiento y Comité de Ética con sus respectivos informes relacionados a las inversiones de US$800 millones?, y (iii) ¿Reportó a tiempo a los entes y organismos de control (Superintendencias, UAFE) las señales de alerta en materia de Cumplimiento referentes al portafolio de inversiones? Si las respuestas son no, estaríamos ante un presunto caso de negligencia en el ejercicio de sus funciones por parta de ISSPOL y la titular del Ministerio de Gobierno, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales por presunta configuración de delitos económicos – financieros y otros delitos contra la Administración Pública tipificados en el Código Orgánico Integral Penal (Asamblea Nacional, 2014).

En una época delicada de corrupción en la pandemia por la emergencia sanitaria originada por COVID-19, se ha desviado la atención mediática del Caso de Reparto de Hospitales, en cuyo centro del huracán estarían involucradas personas expuestas políticamente o PEPs, por sus siglas, entre ellas la titular del Ministerio de Gobierno, quien preside además el Directorio del ISSPOL. Las inversiones del ISSPOL con Jorge Chérrez, a través de dos empresas domiciliadas en Panamá (IBcorp Investments y Ecuador HYBF) datan desde 2014 hasta 2020, es decir: generarían responsabilidades administrativas, civiles y penales a los dos últimos gobiernos (que han aprobado inversiones del ISSPOL con las mencionadas empresas), en concordancia con el artículo 233 de la Constitución de la República del Ecuador. La Constitución y la Ley establecen claramente las responsabilidades por acción u omisión (Asamblea Constituyente, 2008)

Jorge Chérrez ha solicitado una audiencia de arbitraje local, ante lo cual la titular del Ministerio de Gobierno, quien preside el Directorio del ISSPOL, ha mencionado: «Isspol ni ha pedido ni ha aceptado ningún procedimiento arbitral». Las presuntas acusaciones de la titular del Ministerio de Gobierno de “estafa” contra Jorge Chérrez, IBcorp Investments, Ecuador HYBF y DECEVALE, sin observar garantías constitucionales básicas (derecho al honor y buen nombre, derecho al debido proceso, derecho a presunción de inocencia) expondrían presuntamente al Estado a: (i) pánico económico (tipificado en el art. 307 del Código Orgánico Integral Penal), y (ii) alto riesgo legal y reputacional; sin perjuicio de ejercer el derecho de repetición contra la presunta responsable.

Referente al riesgo legal para el Estado ecuatoriano, Jorge Chérrez alias “El Mago” asegura que «IBcorp Investments y Ecuador HYBF aclaran que es absolutamente falso que las inversiones del Isspol sean irrecuperables o, peor aún, que son una estafa”. Existirían operaciones por vencer y otras vencidas, que deberían reestructurarse debido que están atadas a la renegociación de bonos de deuda externa que hizo el Gobierno en agosto 2020.

ISSPOL sería tenedor de una parte de esos bonos reestructurados.
“Todo el portafolio de dinero está invertido de manera legal y que cada operación tiene su respectivo respaldo; en el caso de la operación swap, existe una garantía subyacente que son bonos de deuda interna ecuatoriana depositados en el Banco Central del Ecuador, con su debida contraparte internacional”, señala el oficio de Chérrez. Las operaciones vencidas habrían sido afectadas por la última renegociación de deuda hecha por el Gobierno del Ecuador y deberían reestructurarse por: (a) el castigo que sufrieron, por no pago de los bonos de Ecuador, y (b) baja de precios de estas garantías (riesgo de mercado).

“El momento que el Ecuador decide hacer estas reestructuraciones de deuda externa, sin importarle quién está al otro lado, por supuesto, que está castigando también a fondos de pensiones locales, que tienen atrás de ellos a familias ecuatorianas, como es el caso del Isspol. Las decisiones unilaterales, sin duda, traen consecuencias. Es por eso que, para defender a nuestros clientes, no tendré reparos en iniciar demandas al Estado Ecuatoriano” declaró Chérrez. Una estrategia financiera para solucionar el caso, sería que ISSPOL acceda a la reestructuración de estas operaciones, tal como negoció el Estado ecuatoriano en la última renegociación de su deuda externa en agosto 2020. Esta aseveración de Chérrez, deja para el análisis y actuación de oficio de la Fiscalía General del Estado si ha existido un presunto delito económico de agiotaje (tipificado en el art. 308 del Código Orgánico Integral Penal) en la renegociación de deuda externa o movidas especulativas en los precios de los bonos, ya que habrían bajado a un precio de mercado de 30% y al realizar prepagos de deuda a Credit Suisse y Goldman Sachs, estos instrumentos financieros de bonos se apreciaron al 100%, presuntamente beneficiando a ciertos partícipes privados en desmedro de otros intereses del Estado como el ISSPOL (ya que se podía renegociar sin prepagar deuda) y motivando movimientos infructuosos para realizar un juicio político en la Asamblea Nacional contra el titular del ente rector de las Finanzas Públicas, a quien lo ha blindado un fuerte poder económico – político.
La actual titular de la Fiscalía General del Estado fue titular de la UAFE. Actores privados han alertado ante los organismos de control los riesgos (legales, reputacionales, económicos – financieros) y el conflicto de intereses al interior del Estado en el manejo de deuda pública.

¿Negligencia en funciones de autoridades? ¿Vendrá un efecto
dominó en IESS, ISSPOL, ISSFA, BIESS? ¿Se trata solamente de la punta del iceberg?

Lavado de Activos y Otros Delitos Económicos – Financieros: Sistema Financiero Internacional & Ecuador

El dinero procedente de lavado de activos y otros delitos económicos en el mundo representa en promedio el 5% del PIB mundial. En ciertos países hasta 10% de su PIB. Actores: narcotráfico, política, justicia, fuerza pública, entes reguladores, empresarios sin escrúpulos, sistema financiero internacional.

Ejemplos mundiales: FinCEN Files, Panama Papers, FIFA GATE, Odebrecht, Caso Enron, Banco del Vaticano, Caso Epstein, Caso Madoff, Caso Lehman Brothers, MF Global, Cendant, Kerviel, Ebbers, Hamanaka, Credit Suisse, Deutsche Bank, Commerz Bank, Santander, BNP Paribas, Societe Generale.

Ejemplos en Ecuador: Caso Odebrecht, Caso Sobornos 2012-2016, Presunto Caso Reparto Hospitales, Presunto Caso INA PAPERS, Presunto Caso ISSPOL, Caso Notario Cabrera…
Urgente: Cooperación Internacional, Convenios y Tratados Internacionales, Fiscalidad Internacional efectiva con enfoque preventivo y sancionador de delitos económicos – financieros (OCDE, GAFI, BASILEA IV, IOSCO).

La corrupción es a todo nivel: Administración Pública, ciudadanos, empresas privadas. Ejemplos locales: delitos contra la Administración Pública, uso doloso de documentos falsos, jubilaciones fraudulentas ante el IESS, importaciones de vehículos de alta gama exonerados de impuestos con carnets de discapacidades viciados, coimas, sobornos.

Ecuador se encuentra entre los países con mayor Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) en la región de América Latina

El IPC de Transparencia Internacional mide los niveles de percepción de corrupción, que se puede definir como un fenómeno nocivo, diverso y global. No se limita solamente al perjuicio de patrimonio del Estado, ya que incluye varias figuras de pérdidas sociales: ofrecimiento y recepción de sobornos, coimas, malversación y negligente asignación de fondos y gastos públicos; subvaluación o hipervaluación de precios; fraude electoral; tráfico de influencias; compra de justicia y poder electoral; lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos conexos tipificados en derecho internacional; elusión a fiscalidad nacional e internacional (Transparencia Internacional, 2020).


Andrés Albuja Batallas es analista económico internacional, Docente Investigador, ex Asesor (Delegado Presidente de la República): Junta de
Política y Regulación Monetaria Financiera EC, Miembro del Foro de Economía & Finanzas EC, publicaciones ISBN.
Estudios: MBA, PhD(c) Administración, Economía & Finanzas. Maastricht University (Holanda), University of
Salford (Inglaterra), Robert Kennedy College (Suiza).

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